JUNTA DE GOBIERNO

DECANO: D. Rafael Turatti Guerrero

VICEDECANA: Dª Rosa María Maroto Benavides

SECRETARIA:

TESORERO: D. Juan Antonio Rojas Cáceres

Presidente de la Sección de ANTROPOLOGÍA FÍSICA Y FORENSE: D. Yves Daniele

Presidenta de la Sección de ARQUEOLOGÍA: Dª. María Isabel Mancilla Cabello

Presidente de la Sección de HISTORIA DEL ARTE: D. Francisco Bartolomé Rodríguez

Presidenta de la Sección de PERICIA CALIGRÁFICA: Dª. Mónica Bar Cendón

Presidente de la Sección de PEDAGOGÍA Y PSICOPEDAGOGÍA:

Presidente de la Sección de EDUCACIÓN:

 

ESTATUTOS

Ley de Colegios Profesionales
Estatutos del CDL de Granada, Almería y Jaén

HORARIOS Y SITUACIÓN

Administración y Gestión:
Margarita Marro Mombiela
De 10:00 a 14:00 horas de lunes a viernes
Telf. 958 254 716 y 616 953 076
info@codoli.com
Calle General Narváez, 1-1º-Izq.
18002 Granada

Los Colegios Profesionales son corporaciones de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, y como tal, el Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de Granada, Almería y Jaén (CODOLI) desempeña la función de servir de garantía frente a la sociedad en el correcto ejercicio profesional, ya que en el mismo se ven comprometidos valores y  derechos fundamentales de los ciudadanos. Sus fines son adecuar los intereses generales en relación con el ejercicio de la profesión, su ordenación, la representación de sus intereses y competencias, la defensa de los intereses profesionales de los colegiados, velar por el adecuado nivel de calidad de las prestaciones profesionales de éstos y controlar que su actividad se someta a las normas deontológicas de la profesión.

El CODOLI se creó en 1906 y a él puede pertenecer quien ostente alguna de las titulaciones universitarias desglosadas de las tradicionalmente denominadas Facultades de Filosofía y Letras  y Ciencias, y aquellas homologadas en su proceso de convergencia con el Espacio Europeo de Educación Superior, más los titulados universitarios de Grado en Maestro, Diplomados en Magisterio,  los titulados del Máster de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Enseñanzas de Idiomas y los profesionales de Especialización Didáctica del curso de Calificación Pedagógica LO 1/1990. También dispone de un registro auxiliar para la inscripción de los profesionales cuyas  titulaciones quedan fuera de las mencionadas, pero que tienen relación con las actividades profesionales que recoge el Colegio.

Entre los servicios que ofrece a sus colegiados destacan: seguro de responsabilidad civil; uso de sus instalaciones para encuentros profesionales; asesoramiento jurídico; edición electrónica de trabajos científicos y profesionales; organización de cursos de cualificación; desarrollo de actividades de promoción e información; disfrute de los beneficios a través de sus convenios y amparo para la realización de propuestas a las instituciones.

Para una mejor defensa de los intereses, y ante la diversidad de competencias el CODOLI  se estructura en secciones profesionales. Actualmente están constituidas:

Sección de Arqueología. Congrega a los profesionales que intervienen en el Patrimonio Arqueológico  desde los ámbitos de la investigación, gestión, difusión, protección y docencia.

Sección de Historia del Arte. Agrupa a la profesión en las materias de: docencia; investigación y documentación histórico- artística; curaduría y crítica de arte; protección conservación, gestión y difusión del Patrimonio Histórico; tasación y peritaje artístico y gestión cultural y del mercado del arte.

Sección de Pericia Caligráfica.Reúne a los profesionales de la Pericia Caligráfica y de las Ciencias y Técnicas Historiográficas. Sus actividades comprenden el dictaminar la autenticidad u origen de escritos y  documentos, la autentificación de documentación histórica, transcripciones paleográficas, edición de fuentes e investigaciones documentales.

Sección de Pedagogía y Psicopedagogía. Centra su actuación en asesoramientos y orientación educativa, dificultades de aprendizaje, discapacidad, superdotación y diversidad, evaluaciones educativas y psicopedagógicas, formación de formadores y cualificación de recursos humanos entre otras.

En estos momentos se viven momentos contradictorios y confusos, pues si bien se les exige por parte de la Administración funciones deontológicas y la obligación de velar por la profesión, entre otras, al no ser obligatoria la colegiación en gran número de ellos, muchos ejercientes quedan al margen de todo control, amparados en asociaciones con intereses particulares y que en bastantes casos pretenden suplantar el papel de los Colegios autodenominándose “asociaciones colegiales”.

La imagen que desde instancias políticas se pretende implantar en la sociedad acerca los Colegios Profesionales es bastante negativa, ya que se les acusan de atentar contra la libre competencia por delimitar el acceso a quienes desean ejercer una actividad profesional, y no es así. El papel de los Colegios Profesionales es fundamental precisamente en el control de la actividad, al exigir la titulación académica adecuada a quien desee ejercerla y velar por el cumplimiento de un código deontológico de la profesión, además del resto de los fines que cada uno de ellos recogen en sus estatutos. Al exigir unos requisitos académicos para el desarrollo de la actividad, defienden a los profesionales de un intrusismo ilegal por parte de aquellos que actúan sin la titulación correspondiente. El hecho de estar colegido por tanto es una garantía social sobre la idónea capacitación académica de un profesional .

Los Colegios son instituciones a las que la sociedad puede acudir para denunciar una mala praxis profesional, ya que éstos cuentan con mecanismos estatutarios para expedientar a quien haya incumplido el código dentológico con la posibilidad extrema de la inhabilitación, como también tienen potestad para establecer comisiones de control de calidad y revisión metodológica, y realizar informes con visados de calidad o por comisión colegiada. La Constitución los menciona como figura corporativa de derecho público y si no existieran, desaparecería una medida de control importante en la defensa de la calidad y formación profesional.